Al Congreso de la República llegó esta mañana la anunciada Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social del Gobierno de Gustavo Petro. El ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, explicó que en el primer año se pretende recaudar 25,9 billones de pesos para financiar programas socioeconómicos y de infraestructura.
El ministerio compartió cuáles son los puntos principales de la reforma, que promete “disminuir las exenciones inequitativas de las que gozan las personas naturales de más altos ingresos y algunas empresas, así como cerrar caminos para la evasión y la elusión tributaria”. A su vez, también pretende lograr los recursos suficientes para financiar el fortalecimiento del sistema de protección social.
La reforma está dividida en cinco secciones: el papel de la política tributaria para mejorar la dignidad humana, que incluye un contexto de la deuda social e histórica que tiene el país; la estabilidad fiscal como pilar de la política económica; el diagnóstico de la estructura tributaria de Colombia, con énfasis en los aspectos a mejorar; la propuesta de la reforma tributaria, y los efectos fiscales, macroeconómicos y sociales del proyecto de ley.
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“La implementación de las medidas aquí plasmadas se traduciría en la generación de fuentes para financiar un gasto social orientado a mitigar la pobreza y desigualdad en el país”, se lee en el documento compartido por el Ministerio de Hacienda.
1. La reforma tributaria busca la reducción de los beneficios tributarios para quienes tienen mayores ingresos y, a su vez, tiene el objetivo de redistribuir las rentas hacia las familias colombianas más vulnerables.
Para ello se sumarían todas las rentas líquidas gravables y se aplicaría una tabla única de tarifas marginales, es decir, a todos los tipos de ingresos. “Los beneficios tributarios siguen operando, pero se limitan —comentó el ministerio—. Y no se modifica el umbral de ingresos a partir del cual se tributa”.
2. El segundo punto limitaría las rentas exentas que benefician principalmente a los más pudientes. “Las personas que ganan 10 millones de pesos mensuales o menos no pagarán más”. En ese sentido, el ingreso adicional de la reforma provendrá del 2,4 % de las personas que tienen mayores ingresos.
“Ningún pensionado que gane 10 millones de pesos o menos -solo por ese concepto- va a pagar”, agregó la cartera. En ese sentido, solo el 0,2 % de los pensionados contribuirían al recaudo.
3. El proyecto de ley propone un aumento de tarifa efectiva de dividendos y ganancias ocasionales para los más pudientes. Por tal razón se establecería un impuesto al patrimonio de manera permanente, “con un esquema de tarifas marginales”.
En ese sentido, cambiaría la tarifas del 10 % de dividendos y de ganancias ocasionales. Esta última actualmente está en 10 % para herencias, donaciones y enajenación de activos, y en 20 % para rifas y loterías.
Según el ministerio, habría una “eliminación de las exenciones injustificadas y modificación de otras para aumentar el recaudo por parte de los más pudientes” y se revisaría la tarifa de ganancias ocasionales de las empresas al 30 %, “en consistencia con la aplicada a las personas naturales”.
4. Para que haya una equidad social y horizontal, la reforma tributaria reduciría los beneficios asimétricos e impondría un tope máximo a la tarifa de beneficios tributarios para las empresas. Para ello, “se propone mantener de forma permanente la sobretasa de 3 puntos porcentuales para el impuesto de renta de las actividades financieras” y se eliminaría los tratamientos tributarios preferenciales en los precios de combustibles en zonas de frontera.
Además, se impondría “un tope de 3pp sobre la renta líquida ordinaria a los beneficios tributarios que se mantengan”. Estos serían la renta exenta, las deducciones, los descuentos y los ingresos no constitutivos de renta.
“Estas medidas se alinean con la priorización de algunos estímulos focalizados en sectores estratégicos de acuerdo con el plan de Gobierno, como por ejemplo la educación, la salud y la protección del medio ambiente”, puntualizó el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
5. Respecto a las rentas del subsuelo del Estado, “deben ser vistas como un mecanismo de redistribución dirigido hacia los más vulnerables”. Por eso, las regalías no serán deducibles de la depuración del impuesto de renta y habrá un impuesto del 10 % a las exportaciones extraordinarias.
6. Otras medidas a implementar son: un requisito de plan de internacionalización para empresas beneficiarias de la tarifa de renta del 20 % en zonas francas; convertir el descuento del 50 % del pago del ICA para que sea aplicable al impuesto de renta a una deducción; la eliminación de los días sin IVA, y se propone “la exclusión del IVA para algunos bienes importados cuyo valor no exceda los 200 dólares”.
7. Habría un impuesto para las bebidas ultraprocesadas, “se gravarían en función del contenido de azúcar en gramos por cada 100 mililitros de bebida”. Con respecto a los productos comestibles ultraprocesados, con una tarifa del 10 %.
Por otro lado, se implementaría un impuesto a los plásticos de un solo uso para envasar, embalar o empacar bienes y su tarifa sería “0,00005 UVT por cada gramo (...) lo que equivale a 1,9 pesos por gramo”. Mientras que el impuesto de carbono tendría incremento gradual: en 2023 y 2024 será del 0 %, en 2025 del 25 % del valor de tarifa plena, en 2026 sería del 50 %, en 2027 del 75 % y en 2028 tendría la tarifa plena.
8. La reforma influye cuatro medidas que le permitirán a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) reducir la evasión y elusión fiscal: la articulación de reglas claras para empresas de economía digital; establecer que los pagos en especie no son deducibles o imputables a ningún título en la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios; implementar una herramienta que indique los costos y gastos deducibles, y determinar la Sede Efectiva de Administración (SEA) como lugar para realizar las actividades de administración diarias.